"Unidos en Cristo para Evangelizar"
01 de Diciembre de 2021
El matrimonio igualitario y la defensa de la familia
 


Ante esta lastimosa regulación legal nuestra actitud debe ser mantenerse firmes en la verdad.

El 30 de noviembre de 2021 la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para permitir el matrimonio de parejas del mismo sexo (101 votos a favor, 30 en contra y 2 abstenciones). El tema pasa ahora al Senado, para continuar con el proceso constitucional de formación de la ley, sin perjuicio que podría pronunciarse el Tribunal Constitucional, si un grupo de parlamentarios lo requiere. 

El asentimiento a esta legislación es el resultado de una campaña realizada por grupos de presión que no han escatimado medios para conseguir este objetivo. El origen del cambio se remonta al año 2017, cuando la presidenta Bachelet ingresó el proyecto a trámite en el marco de un Acuerdo Solución Amistosa (ASA) que el Estado de Chile y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) firmaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Luego, el actual presidente de la República, Sebastián Piñera, puso lo suyo en este delicado asunto, al asignar urgencia a la tramitación de la ley.

La ley garantiza a las parejas del mismo sexo un acceso igualitario al estatuto del matrimonio civil. Del mismo modo, reconoce en materia de filiación (sea por adopción o por técnicas de reproducción humana asistida) derechos a las familias homoparentales. A contar de esta regulación un niño podrá tener dos mamás o dos papás (aunque la biología lo desmienta hasta la saciedad). 

Con este cambio se intenta generar uno de los cambios culturales más radicales de la historia de Chile, el que viene alentado por la “ideología de género” cuya bandera de lucha es negar una verdad dada por la Revelación: “Dios creo varón y mujer”. 

No existe un precedente de este tipo en nuestra historia y se nos avecinan una serie de consecuencias que tendremos que enfrentar con fortaleza.

En primer lugar, se tratará imponer un cambio de lenguaje. En efecto, para dar “un carácter más igualitario y no discriminador”, la ideología de género nos quiere imponer “superar la distinción sexuada de los miembros de la unión matrimonial”. De igual forma, atendido a que las parejas del mismo sexo podrán acceder a roles parentales se modifica la referencia a “los padres”, para aludir a “progenitores”. Si alguien pretende negar lo anterior se expondrá a acusaciones por discriminación y lenguaje de odio. Lo anterior quedó reflejado en el intercambio producido entre los diputados que participaron del debate. Los que se oponían al cambio fueron acusados por ser intolerantes a aceptar “los distintos tipos de familia” y negar “que el amor pueda desarrollarse entre todo tipo de parejas”.

¿Qué actitud deberemos asumir los cristianos ante esta decisión jurídica?

Ante esta lastimosa regulación legal nuestra actitud debe ser mantenerse firmes en la verdad. Son tantas las certezas que avalan el matrimonio monogámico y la familia nacida de la unión de un hombre y una mujer, que el tiempo pondrá todo nuevamente en su lugar. 

La doctrina que debemos defender con toda convicción consta en muchos documentos de la Iglesia. Entre otros es clarividente lo señalado por el Papa Juan Pablo II en 1999:

“A la luz de los principios mencionados, se pone de manifiesto también qué incongruente es la pretensión de atribuir una realidad «conyugal» a la unión entre personas del mismo sexo. Se opone a esto, ante todo, la imposibilidad objetiva de hacer fructificar el matrimonio mediante la transmisión de la vida, según el proyecto inscrito por Dios en la misma estructura del ser humano. Asimismo, también se opone a ello la ausencia de los presupuestos para la complementariedad interpersonal querida por el Creador, tanto en el plano físico-biológico como en el eminentemente psicológico, entre el varón y la mujer. Únicamente en la unión entre dos personas sexualmente diversas puede realizarse la perfección de cada una de ellas, en una síntesis de unidad y mutua complementariedad psico-física. Desde esta perspectiva, el amor no es un fin en sí mismo, y no se reduce al encuentro corporal entre dos seres; es una relación interpersonal profunda, que alcanza su culmen en la entrega recíproca plena y en la cooperación con Dios Creador, fuente última de toda nueva existencia humana”.

“6. Como es sabido, estas desviaciones de la ley natural, inscrita por Dios en la naturaleza de la persona, quisieran encontrar su justificación en la libertad, que es prerrogativa del ser humano. En realidad, se trata de una justificación pretenciosa. Todo creyente sabe que la libertad es, como dice Dante, «el mayor don que Dios, por su largueza, hizo al crear y el más conforme a su bondad» (Paraíso 5, 19-21); pero es un don que hay que entender bien, para no convertirlo en ocasión de obstáculo para la dignidad humana. Concebir la libertad como licitud moral o incluso jurídica para infringir la ley significa alterar su verdadera naturaleza. En efecto, ésta consiste en la posibilidad que tiene el ser humano de aceptar responsablemente, es decir, con una opción personal, la voluntad divina expresada en la ley, para asemejarse así cada vez más a su Creador (cf. Gn 1, 26)”. (Discurso a la Rota Romana, 21 de enero de 1999. https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/speeches/1999/january/docu-ments/hf_jp-ii_spe_19990121_rota-romana.html).

Las consecuencias que este cambio provocará a nivel social obligan a recordar el adagio latino: Parvus error in principio magnus est in fine; un pequeño error en el principio al final se vuelve funesto. Para que exista el matrimonio es una condición insustituible la unión de un hombre y una mujer. Ese requisito no es algo arbitrario puesto que la distinción entre lo masculino y lo femenino pertenece al orden de la creación. Ya Aristóteles, un filósofo pagano, manifestaba que, “entendemos por macho el ser que engendra en otro y por hembra el ser que engendra en sí” (Aristóteles, De la generación de los animales, I, 716ª). Es la complementación del ser varón y del ser mujer lo que permite la generación de la vida. El matrimonio tiene una especificidad que no está presente en las relaciones donde desaparece lo masculino y lo femenino. 

Nadie discrimina si defiende el matrimonio entre un hombre y una mujer. Nunca ha sido injusto negar lo que no se le debe o no le pertenece a alguien. En el caso de las personas del mismo sexo, el matrimonio no es algo que les sea debido o que se les desconozca arbitrariamente. Lo mismo acontece con su reclamo a tener hijos a través de la adopción (o mediante técnicas de reproducción asistida). Como estas personas han optado por relaciones que son objetivamente infecundas, es extraño que reclamen que la ley les reconozca el derecho a “tener hijos”. 

Pidamos con fe a Santa María que “haga lucir con nuevo esplendor la luz de la fe sobre los infortunados pueblos que gimen por tanto tiempo en las tinieblas del error; que vuelvan hacia Él, y cambie tantos corazones rebeldes, cuya penitencia regocijará su corazón y el vuestro. Que convierta a los enemigos de su Iglesia, y que, en fin, encienda por todas partes el fuego de su ardiente caridad; que nos colme de alegría en medio de las tribulaciones de esta vida, y de esperanza para el porvenir”.

Crodegango

 






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